Olimerca.- El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica hoy el decreto que regula la venta directa en Castilla-La Mancha, que entrará en vigor dentro de 20 días y con el que se pretende generar renta y valor añadido a las explotaciones agrarias.

Gracias la puesta en marcha de este decreto, entre otros, se van a poder vender directamente a los consumidores productos como aceituna de mesa, en la categoría de productos sin transformar, y aceite de oliva en cuanto a los productos transformados.

Todo ello, con una limitación por cantidad y volumen al año según el tipo de producto y las características de las explotaciones agrarias que vienen recogidos en el propio decreto, que indica 5.000 litros anuales de aceite.

Dos modalidades
En el decreto se regulan dos modalidades que favorecerán este incremento: por un lado, la venta directa como tal, que se podrá realizar en la propia explotación o en establecimientos de titularidad del agente productor o de la agrupación a la que pertenezca; en el domicilio de la persona consumidora, o en ferias y mercados dentro de la comunidad autónoma y provincias limítrofes.

Por otro, la posibilidad de llevar a cabo un canal corto de comercialización, con un máximo de un intermediario, a través de un local habilitado al que le suministre directamente el agente productor o bien mediante la venta on line a través de internet.

Además, este decreto permite que se puedan vender los productos propios primarios o transformados, en establecimientos de restauración o turismo o en un comercio minorista que sean propiedad del mismo agente productor agrario, siendo considerada como venta directa o venta en canal corto de comercialización.

Recientemente, publicábamos en Olimerca la creación de un distintivo de calidad para estos productos ‘Campo y Alma, directo a tu mesa’. Ver noticia aquí. 

Según señala la Consejería de Agricultura, en el caso de ser productor primario, deben tener su explotación agrícola en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REGEPA) como venta directa y la producción será de las parcelas ubicadas en Castilla-La Mancha. En el caso de una explotación ganadera, estar inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de Castilla-La Mancha. En caso de los productos transformados, las instalaciones de la explotación estarán inscritas en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).