Olimerca.- El precio del aceite de oliva está por las nubes. Como consecuencia de una sequía bastante grave la campaña olivarera del año pasado fue extraordinariamente pobre. A ello debemos añadir un contexto internacional en el que España ve reducido su nivel de competitividad en el mercado, ante los buenos resultados, por ejemplo, en Grecia y Turquía, más favorecidas por las lluvias en el momento oportuno. 

Ante este panorama, el olivarero ve atacada de algún modo su situación económica y deberá prestar mayor atención a cualquier aspecto que pueda incidir en la misma, incluido el pago de impuestos, debiendo reducirlo al máximo, dentro de las posibilidades legales.

Régimen de estimación objetiva
La mayoría de los agricultores tributan a través del régimen de estimación objetiva por módulos en el IRPF. Esto simplifica enormemente el cumplimiento de sus deberes fiscales, porque a diferencia de las personas físicas que están sometidas al régimen de estimación directa en ese mismo impuesto o al Impuesto sobre Sociedades, en caso de personas jurídicas, los agricultores en módulos no tienen que llevar una completa contabilidad de todos sus ingresos y gastos, lo cual en algunos casos puede suponer un coste añadido. 

La mayoría de los olivareros paga por el IRPF cantidades superiores a las que resultarían de la aplicación de los instrumentos que las normas tributarias contemplan y que no suelen utilizar en muchos casos.

Para el sujeto sometido a módulos, la tributación de su renta, en principio, va a ser la misma tenga más o menos gastos, pues en el cálculo de la renta por su actividad agraria a incluir en la base del IRPF, bastará con aplicar a sus ingresos un tanto por ciento aprobados anualmente por la correspondiente Orden Ministerial y corregido, en su caso por otra posterior Orden, si las circunstancias climáticas dejan el porcentaje originario alejado de la realidad.

De esta forma, se da cumplimiento a las obligaciones tributarias, declarando un porcentaje estimado, calculado con una sencilla operación de aplicar un porcentaje a los ingresos, en muchos casos procedente simplemente de la cifra de subvenciones recibidas y a la cifra que figura en la correspondiente factura que la cooperativa o almazara industrial entrega al agricultor por la entrega de aceituna. 

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