CNMC normativa DOP e IGP 

Olimerca.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado dos informes sobre los proyectos de Real Decreto que desarrollan la normativa europea de protección de las indicaciones geográficas. Uno de ellos se centra en los productos agroalimentarios –Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) y Especialidades tradicionales garantizadas (ETG)– y otro en los productos artesanales e industriales que, por primera vez, se regulan a nivel nacional. 

Estos sellos permiten identificar productos vinculados a un origen geográfico o a métodos de producción tradicionales, aportando transparencia al mercado y reforzando la competitividad, especialmente en el medio rural. 

De hecho, España ocupa el tercer puesto en la Unión Europea en este ámbito con 388 denominaciones e indicaciones protegidas.

Advertencias y recomendaciones 

La CNMC advierte de riesgos de distorsión de la competencia en el nuevo marco normativo y propone una serie de ajustes: 

  • Regulación de la oferta en productos agroalimentarios: antes de aprobar normas vinculantes, se recomienda solicitar informe de la CNMC para evaluar su impacto y garantizar que no distorsionen la competencia. Las medidas deben estar justificadas, tener una duración limitada, definir claramente a los sujetos obligados y evitar el intercambio de información comercialmente sensible. 
  • Modelo de verificación del cumplimiento de los pliegos de condiciones: se recomienda mantener el modelo vigente de delegación del control oficial, con competencia abierta y transparente entre distintos organismos de certificación y personas físicas cualificadas. También se propone eliminar la exclusividad de los consejos reguladores en funciones de verificación. 
  • Fase nacional de inscripción, modificación y cancelación de indicaciones geográficas: se sugiere aclarar quiénes están legitimados para participar y mejorar los criterios sobre la protección nacional transitoria mientras se espera la decisión de la Comisión Europea. 
  • Análisis previo de los pliegos de condiciones: la CNMC recomienda que los pliegos sean analizados por la autoridad de competencia para prevenir restricciones indebidas de la competencia. 
  • Mecanismo de autodeclaración de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales: se sugiere cambiar su diseño para aproximarse más a una declaración responsable, reduciendo cargas administrativas prescindibles y los tiempos de comercialización. 

Marco de actuación 

La CNMC recuerda que puede actuar de oficio o ser consultada por Gobierno, parlamentos, comunidades autónomas, corporaciones locales, colegios profesionales y organizaciones empresariales o de consumidores y usuarios, en virtud de Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia).