Olimerca.- El Consejo de Ministros del pasado 10 de junio ha aprobado, a propuesta del ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, el Real Decreto por que se actualiza la lista de coadyuvantes tecnológicos autorizados para la elaboración de aceites vegetales comestibles, contenida en una Orden de 13 de enero de 1986.

Dicha lista autorizada podrá ser ampliada una vez realizada una evaluación previa del Comité Científico de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) de cada nuevo componente, como responsable de la evaluación del riesgo al consumidor y como garantía de seguridad alimentaria.

La Orden de 13 de enero de 1986 ha sido modificada en diversas ocasiones para su adaptación a los conocimientos científicos o técnicos, lo que ha generado cierta dispersión normativa que, unido al tiempo transcurrido, ha hecho necesario sustituirla por el presente Real Decreto que refunde en un único texto todos los cambios producidos. Este procedimiento se ha seguido ya para la incorporación de la arcilla caolinítica en este proyecto.

CONTENIDO DEL NUEVO REAL DECRETO

El proyecto de real decreto establece los coadyuvantes tecnológicos (por ejemplo el cloruro sódico, carbonato sódico, etc.) que pueden utilizarse en la elaboración de aceites vegetales comestibles, que se enumeran en el anexo de la norma con las condiciones que se especifican.

En otro anexo se establecen los criterios de identidad y pureza que deberán cumplir los coadyuvantes tecnológicos, si bien, cuando éstos reúnan también la condición de aditivos alimentarios, habrán de cumplir los criterios de identidad y pureza establecidos en el Reglamento (CE) 1333/2008 sobre aditivos alimentarios.