Olimerca.- El Reglamento Europeo de Producción Ecológica ha incluido nuevos productos fertilizantes, acondicionadores de suelos y productos fitosanitarios, respectivamente, que pueden ser empleados en Agricultura Ecológica.

Estos productos son autorizados con la finalidad de mantener, aumentar o corregir la fertilidad del suelo, o bien para controlar los parásitos y enfermedades. Además, se definen como uso adicional a las técnicas alternativas que se pueden llevar a cabo y que están permitidas en Agricultura Ecológica.

Con respecto a los fertilizantes, el grupo de expertos europeos llegó a la conclusión, entre otras, de que las siguientes sustancias se ajustan a los objetivos y principios de la producción ecológica, teniendo en cuenta las condiciones establecidas para cada una de ellas:

  • Biocarbón: producto de pirólisis obtenido de una variedad de materiales orgánicos de origen vegetal no tratados o tratados con productos incluidos en el anexo II. Este debe ser aplicado como acondicionador del suelo. Para este se establece como condición un valor máximo de 4 mg de hidrocarburos aromáticos policíclicos por Kg de materia seca.
  • Residuos de moluscos procedente de la pesca sostenible o de la acuicultura ecológica.
  • Cáscaras de huevo, procedente de ganaderías no intensivas.
  • Ácidos húmicos y fúlvicos obtenido a través de sales/ soluciones inorgánicas excluidas las de amonio.

En relación con los productos fitosanitarios, los expertos concluyeron la incorporación de las siguientes sustancias: “maltodextrina”, “peróxido de hidrógeno”, “terpenos (eugenol, geraniol y timol)”, “cloruro de sodio”, “cerevisane” y piretrinas de otras plantas distintas de Chrysanthemum cinerariaefolium.

Por tanto, con la inclusión de estas sustancias se amplían los listados de productos fertilizantes y fitosanitarios recogidos en los anexos I y II, para su uso en agricultura ecológica.