Aceituna negra española

Olimerca.- La Organización Mundial del Comercio (OMC) ha dado la razón a la UE en su demanda contra los Estados Unidos por no cumplir una sentencia relativa a las aceitunas negras procedentes de España. 

El informe del Grupo Especial de la OMC publicado ayer, 20 de febrero, confirma que los Estados Unidos no aplicaron las recomendaciones del Grupo Especial original, a saber, la conclusión de que la disposición legal estadounidense que sirvió de base para imponer derechos antisubvenciones a las aceitunas negras españolas es incompatible con las normas de la OMC.

Antes de que se impusieran los derechos en 2017, España era el mayor exportador de aceitunas negras a los Estados Unidos: el valor de las importaciones era de 67 millones USD, lo que representaba el 76 % de las importaciones estadounidenses de aceitunas negras. En 2022, las exportaciones de España a los Estados Unidos ascendieron solamente a 20 millones USD y supusieron el 26 % de las importaciones estadounidenses.

A raíz de las conclusiones del informe publicado, ambas partes pueden solicitar ahora que el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC adopte el informe del Grupo Especial de Cumplimiento como pronto en su próxima reunión, que tendrá lugar el 19 de marzo de 2024. De ser adoptado, el informe pasará a ser vinculante entre la UE y los Estados Unidos, y el país tendrá que tomar medidas inmediatas para aplicar la sentencia y suprimir los derechos.

El Gobierno de España valora positivamente el informe final del Panel de Cumplimiento de la Organización Mundial de Comercio (OMC) solicitado por la Comisión Europea. Señala que este nuevo dictamen es un paso más hacia la resolución de estos aranceles injustos, que perjudican los intereses españoles.

Valoración de Asemesa
La Asociación Española de Exportadores e Industriales de Aceituna de Mesa (Asemesa) celebra también esta decisión. Recuerda que “EEUU ha utilizado todas las artimañas legales y no legales para dilatar el procedimiento, llegando incluso al incumplimiento del mandato del panel inicial”, señala Antonio de Mora, secretario general y portavoz. “Será necesario que la UE actúe de forma urgente imponiendo aranceles en represalia sobre productos que EE. UU. este exportando a la UE, como única forma de conseguir la eliminación de los aranceles a la aceituna”, añade.

Desde la asociación han valorado de forma muy positiva la noticia ya que “la pérdida del 70% de las exportaciones a EE. UU., en beneficio de países como Marruecos, Egipto o Turquía y de países comunitarios como Portugal o Grecia, altera la libre competencia y amenaza el claro liderazgo mundial de España en este sector”.

También ha recordado que el objetivo debería ser “eliminar el 100% del arancel, incluida la parte del antidumping, ya que nos acusaron de hacerles competencia desleal, de que vendíamos a precios injustos (dumping) gracias a las ayudas ilegales de la PAC las cuales, según la OMC, son legales, por lo que la Unión Europea debería exigir esa eliminación total del arancel”, añade de Mora.

Por último, desde Asociación Española de Exportadores e Industriales de Aceituna de Mesa reclaman al Gobierno la imposición de medidas realmente contundentes para poner fin a los aranceles discriminatorios de la aceituna negra española.

Antecedentes
El 1 de agosto de 2018, el Departamento de Comercio de los Estados Unidos estableció derechos antisubvenciones y antidumping combinados de entre el 30 y el 44 % sobre las importaciones de aceitunas negras españolas, según la empresa de que se tratara. La UE consideró que las medidas estadounidenses no estaban justificadas y las impugnó ante la OMC.

El Gobierno de España valora positivamente el informe final del Panel de Cumplimiento de la OMC solicitado por la CE y señala que este nuevo dictamen es un paso más hacia la resolución de estos aranceles injustos, que perjudican los intereses españoles

El 19 de noviembre de 2021, un Grupo Especial de la OMC se pronunció a favor de la UE al concluir que los derechos antisubvenciones aplicados por los Estados Unidos infringían las normas de la OMC.

El 14 de julio de 2023, la UE solicitó a los Estados Unidos y a la OMC la creación de un Grupo Especial de Cumplimiento a fin de que se pronunciara sobre las medidas adoptadas por el Departamento de Comercio de los Estados Unidos para aplicar una de las conclusiones del Grupo Especial, a saber, la incompatibilidad de la disposición legal estadounidense relativa a la transferencia de los beneficios recibidos de los productores a los transformadores de productos agrícolas (artículo 771B de la Ley Arancelaria de los Estados Unidos de 1930) con las normas de la OMC.

El informe del Grupo Especial de Cumplimiento de la OMC defiende la posición de la UE. El Grupo Especial de Cumplimiento confirma esencialmente el análisis incluido en el informe original del Grupo Especial. Concluye que la disposición legal estadounidense en cuestión (el artículo 771B de la Ley Arancelaria de los Estados Unidos de 1930) sigue siendo incompatible con las normas de la OMC, pues supone que las subvenciones pasan automática y totalmente del productor al transformador de productos agrícolas (el denominado “beneficio transferido”). 

Además, el Grupo Especial considera que dicha incompatibilidad demuestra que la aplicación de esta disposición legal estadounidense por parte del Departamento de Comercio de los Estados Unidos también infringe las mismas normas de la OMC.