Olimerca.- Las medidas impuestas a nivel estatal como consecuencia de la crisis sanitaria del Covid-19 tienen un impacto directo en el flujo ordinario de tramitación de las matriculaciones y cambios de titularidad de vehículos, en los que no siempre es posible la cumplimentación y acreditación telemática de determinados requisitos previos competencia de otras Administraciones públicas.

Sin embargo, en el contexto actual de emergencia sanitaria resulta esencial no impedir la puesta en circulación de aquellos vehículos que sean necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, así como de los transportes permitidos por las disposiciones aprobadas o que se aprueben con ocasión de la declaración del estado de alarma.

En este sentido, el Boletín Oficial del Estado ha publicado, con fecha 3 de abril, una Orden por la cual, en procedimientos de matriculación ordinaria o cambios de titularidad de vehículos, puedan sustituirse determinados requisitos (que no pueden tramitarse telemáticamente), por una declaración responsable.

En esta declaración, se deberá indicar que cumplen todas las circunstancias particulares establecidas por la normativa sectorial de aplicación para la obtención o cumplimentación del requisito de que se trate, y que tan pronto sea posible, y en todo caso en el plazo de un mes desde la finalización del estado de alarma, lo formalizarán ante la Administración competente.

Dicha documentación tendrá que presentarse en un plazo de un mes desde la finalización del estado de alarma.

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