Olimerca.- Los vehículos destinados a la producción de alimentos, su reparto y distribución y reparación de maquinaria para agricultura han quedado eximidos de las restricciones de circulación decretadas por el estado de alarma, tal y como publicaba ayer, 26 de marzo, el Boletín Oficial de Estado (BOE).

Según la orden, la mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga.

Asimismo, los agentes encargados del control y disciplina del tráfico podrán permitir circular a los vehículos que consideren, en cada caso concreto, que contribuyen a garantizar el suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales para la población.

En un comunicado, la Asociación Nacional de Maquinaria Agropecuaria, Forestal y de Espacios Verdes (Ansemat) ha rogado a las empresas que sigan las medidas y protocolos de seguridad para eliminar el riesgo de contagio por Covid-19 durante el desarrollo de todas sus actividades.