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Olimerca.- El pasado 23 de julio  la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación ha firmado la Resolución por la que se concede la protección nacional transitoria a la Indicación Geográfica Protegida (IGP) “Oli d’Eivissa/Aceite de Ibiza”

El artículo 9 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimentarios permite que los Estados miembros otorguen una protección transitoria a escala nacional, un vez recibido el expediente por la Comisión y hasta que no se adopte una decisión definitiva.
La publicación de la protección nacional transitoria permitirá que los aceites de oliva virgen extra de la presente campaña, que cumplan las condiciones del pliego de condiciones, puedan comercializarse con la denominación “Aceite de Ibiza” o “Oli d’Eivissa”.

El Aceite de Ibiza es un aceite de oliva virgen extra obtenido exclusivamente por procedimientos mecánicos de los frutos del olivo (Olea europea, L.). Son aceites frutados verdes, de intensidad media o intensa. En boca presentan un nivel de amargor y de picante entre ligera y media.

La Indicación Geográfica Protegida "Aceite de Ibiza" queda reservada exclusivamente para los aceites de oliva virgen extra elaborados con las variedades arbequina, picual y koroneiki, solas o en combinación, que en conjunto representan al menos el 90%. El 10% restante puede provenir de otras variedades inscritas en el registro de variedades comerciales.