La propuesta será presentada ante el PE y el Consejo para su aprobación.

Olimerca.- Las prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro de alimento tienen los días contados en la Unión Europea. La Comisión ha propuesto su prohibición con el objetivo de garantizar un trato más justo para las pymes alimentarias y agrícolas, acabar con su incertidumbre y con la necesidad de gestionar los riesgos sobre los que tienen un control escaso o nulo. La propuesta incluye unas disposiciones eficaces para garantizar su aplicación: las autoridades nacionales podrán imponer sanciones en los casos en que se establezca que ha habido infracción.

Phil Hogan, comisario de Agricultura y Desarrollo Rural, ha señalado que “la cadena de suministro de alimentos solo será eficiente y eficaz si es justa. La propuesta de hoy trata, sobre todo, de equidad, de dar voz a quienes no la tienen, para los que, sin tener culpa ninguna, son las víctimas de una posición de negociación débil”. Asimismo, ha añadido que esta iniciativa “tiene el propósito de reforzar la posición de los productores y las pymes en la cadena de suministro de alimentos. También se trata de garantizar un cumplimiento de la normativa riguroso y eficaz. Queremos eliminar el "factor miedo" de la cadena de suministro de alimentos mediante un mecanismo de reclamaciones confidencial.

Prácticas que deben prohibirse
Las prácticas comerciales desleales que deben prohibirse son:

  • las demoras en los pagos de productos perecederos,
  • las cancelaciones de última hora,
  • las modificaciones unilaterales o retroactivas de los contratos
  • La obligación al proveedor a hacerse cargo de los gastos de los productos perdidos.

Otras prácticas solo se permitirán si están sujetas a un acuerdo previo claro y sin ambigüedades entre las partes: un comprador que devuelva productos alimenticios no vendidos al proveedor; un comprador que cargue al proveedor unos gastos por asegurar o mantener un acuerdo de suministro de productos alimenticios o un proveedor que corra con los gastos de promoción o comercialización de los productos alimenticios vendidos por el comprador.

Esta propuesta obliga a los Estados miembros a designar una autoridad pública encargada de hacer cumplir las nuevas normas. Según la propia Comisión, en caso de infracción probada, el organismo responsable tendrá competencias para imponer una sanción proporcionada y disuasoria.

Esta autoridad de aplicación podrá iniciar investigaciones por iniciativa propia o sobre la base de una denuncia. En este caso, las partes que presenten una denuncia podrán pedir confidencialidad y anonimato, a fin de que su posición respecto de sus socios comerciales quede protegida. La Comisión creará un mecanismo de coordinación entre autoridades de aplicación con objeto de facilitar el intercambio de buenas prácticas.

Las medidas propuestas complementan las medidas existentes en los Estados miembros y el código de conducta de la Iniciativa de la cadena de suministro, de carácter voluntario. Los Estados miembros pueden adoptar otras medidas que crean convenientes.

La propuesta de la Comisión adoptará la forma de legislación europea (Directiva) y se presentará, junto con una evaluación de impacto, al Parlamento Europeo y el Consejo, los dos colegisladores en los que están representados los gobiernos de los Estados miembros.