Olimerca.- Hemos entrado en una nueva campaña y un año más todas las almazaras están poniendo el máximo esfuerzo por conseguir los mejores AOVE. Es algo intrínseco cuando hablamos de verdaderos profesionales. Pero, no todas las almazaras juegan con las mismas cartas a la hora de elaborar sus AOVEs.

Por un lado, nos encontramos con las denominadas empresas de economía social o sociedades cooperativas, que según expertos de reconocido prestigio, "son organizaciones empresariales democráticas, fundamentadas en la valoración de la persona y en entorno (local) por encima del capital, en las que los beneficios de la actividad son repartidos entre todos sus integrantes".

El modelo cooperativo puede ser una alternativa viable de negocio para determinadas situaciones empresariales, pero en la actualidad, y teniendo en cuenta el concepto anteriormente expuesto, algo se está desvirtuando en el modelo.

No todas las almazaras juegan con las mismas cartas a la hora de elaborar sus AOVEs

La nueva Ley de Cooperativas del 2011 y su reciente modificación, de Julio de 2018, suprimen el carácter social de esta figura y lo acercan, cada vez más, a la figura de una sociedad mercantil. Un ejemplo de ello, es el número de socios necesarios para constituir una cooperativa, que se ha reducido a dos miembros; asimismo, en cooperativas de segundo grado desaparece el carácter democrático en la toma de decisiones, ya que la actual Ley permite establecer el sistema de voto, en función del grado de participación de cada socio. Además incluye, en algunos casos, la figura del Administrador único o Administrador solidario, a imagen y semejanza de las sociedades mercantiles, sin olvidarnos de la posibilidad de compra de producto a terceros no socios, a la que muchas de ellas acuden para incrementar el volumen de molturación.

Cada vez más, la Ley añade nuevas medidas flexibilizadoras que las asemejan, en forma jurídica, a las sociedades mercantiles.

¿Y dónde queda la responsabilidad social de la cooperativa? ¿Es distinta la responsabilidad social de una sociedad mercantil que la de una cooperativa?
Desde el punto de vista territorial, las almazaras industriales están repartidas por todos los municipios productores de aceite de oliva de la provincia. Desde un punto de vista social, se estima que el número medio de agricultores que confían su producto a los industriales fabricantes de aceite de oliva de la provincia de Córdoba, asciende a más de 700 agricultores por almazara.

Por tanto, la labor social que lleva a cabo una almazara industrial en su zona productora de influencia es indiscutible pues, el ejercicio de su actividad va asociado a la creación de puestos de trabajo, tanto directos como indirectos, con lo que contribuye al mantenimiento de la población en los núcleos urales de actuación.

En las prioridades de desarrollo rural establecidas por la UE tienen cabida al mismo nivel almazaras industriales y entidades cooperativas

Desde el punto de vista económico, la almazara industrial garantiza un precio justo de la aceituna entregada por sus agricultores. Asimismo, premia el esfuerzo realizado por los mismos para la obtención de un producto de calidad, pues incentiva la recolección temprana del fruto, iniciando la campaña de recolección antes que otras almazaras de la zona y, de esta forma, aprovechar la mayor cotización de precios que el aceite obtenido a principio de campaña suele tener. Por otro lado, facilita la entrega de producto a sus agricultores, mediante la instalación de centros de recepción de aceituna que reduce el coste de transporte del agricultor, acorta tiempos de espera en las entregas y, una vez más, contribuye a la creación de empleo.

Por todo lo anteriormente expuesto, entendemos que no hay gran diferencia entre la actividad desempeñada por una almazara industrial fabricante de aceite de oliva y una sociedad cooperativa que elabora el mismo producto. Por el contrario, existen grandes diferencias de trato entre ambos tipos de sociedades, que sitúan a las almazaras industriales en clara desventaja frente a cooperativas.

Un agravio comparativo

Claro ejemplo de ello, son las bonificaciones fiscales a las que se pueden acoger por el hecho de ser cooperativa, que suponen bonificaciones del 95% de la cuota del impuesto sobre actividades económicas, así como en la cuota de del Impuesto de Bienes Inmuebles. También gozan de ventajas fiscales en la reducción del tipo impositivo de otros tributos como es el caso del Impuesto de Sociedades.

Suma a las ventajas fiscales, el reparto desproporcionado y discriminatorio que la Administración Pública hace de las ayudas para transformación y comercialización con cargo a fondos FEADER, que en la última convocatoria obtuvo un resultado del 97% de los fondos para cooperativas y el 3% restante para almazaras industriales.

Cuesta entender el motivo que induce a la Administración a esta distribución de los recursos de la UE tan desequilibrada, cuando desde la Unión Europea no se fomentan estas diferencias. Entre las prioridades de desarrollo rural de la Unión, recogidas en el Reglamento (UE) 1305/2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), se encuentra “el fomento de la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales” haciendo especial mención a “facilitar la diversificación, la creación y el desarrollo de pequeñas empresas y la creación de empleo”. Es decir en los objetivos de la PAC y en las prioridades de desarrollo rural establecidas por UE, tienen cabida y al mismo nivel tanto almazaras industriales, como entidades cooperativas.

Hacia una concentración negativa

Por otro lado, la propia Administración está fomentando la creación de macro cooperativas a través de líneas de financiación exclusivas para la concentración de oferta, sin considerar la repercusión negativa que pueden tener estos grandes grupos en un mercado tan sensible con es el del aceite de oliva. Porque está claro que hay más concentración, pero el precio lejos de subir está bajando en una campaña normal, con unas disponibilidades adecuadas.

Lo más grave es que la Administración no pone techo a la concentración. La ausencia de un límite que impida que una cooperativa de segundo grado pueda ocupar una cuota de mercado importante, puede provocar graves desequilibrios en el mercado que arrastran a todo el sector.

Sería conveniente, que las distintas Administraciones condicionaran el disfrute de estas ventajas a la consecución de algunos objetivos, tales como la creación de empleo en su zona geográfica de influencia, el incremento del valor añadido en el producto final, políticas de internacionalización de la sociedad o la implantación de políticas de igualdad.

Para finalizar, podríamos reformular la pregunta que encabeza el presente artículo: ¿le cuesta lo mismo a las almazara industriales poner una botella de AOVE en el lineal que a una cooperativa? El envase está situado en la misma balda, en la misma sección, uno junto al otro y tiene la misma visibilidad ante el consumidor, pero, evidentemente, debido a intereses políticos que no reconocen la labor que una almazara industrial desarrolla en su territorio, no nos cuesta lo mismo.